dijous, 29 d’octubre del 2015

LAS MAGISTRATURAS ROMANAS DE LA REPÚBLICA

Una magistratura es la dignidad, cargo y conjunto de atribuciones con las cuales, en la antigua Roma, se investía a un ciudadano para que desempeñara determinadas funciones relacionadas con la administración y dirección política de la ciudad.

Las magistraturas se repartían el poder ejecutivo, el poder civil y el poder militar, y  la administración de la ciudad de Roma y más tarde del Imperio.

Las instituciones políticas se iban reformando y acumulando de acuerdo con las necesidades y la correlación de fuerzas entre los diferentes sectores de la población. El régimen republicano se basó en tres pilares: las magistraturas (cargos públicos), el Senado y los comicios o asambleas. Existían distintas magistraturas.

Las ordinarias: 

Los cónsules. Eran dos y de ellos dependía la prefectura de la ciudad estado. Eran la autoridad suprema civil y militar.  

Los pretores. Eran los responsables de la administración de la justicia: se ocupaban de las discusiones entre ciudadanos romanos y de las discusiones en las que intervenían forasteros. 

Los ediles. Formado por dos patricios (curules) y dos plebeyos que se encargaban de la administración de la ciudad, como los actuales regidores: obras públicas, fiestas... 

Los cuestores. Eran los encargados de la administración de los fondos públicos y del control de los gastos civiles y militares, tanto en Roma como en las otras provincias.

Estas cuatro magistraturas tenían un conjunto de características comunas:

Anualidad. La duración de los cargos era de un año y cada año había elecciones.
Colegialidad. Cada magistratura era ejercida por dos colegas con la misma autoridad y derecho.
Gratuidad. Los cargos no estaban remunerados y solo podían aspirar los ricos.
Progresividad. La carrera se iniciaba como cuestor y para llegar a cónsul debían pasar por los cargos intermedios.  


Otras magistraturas:

Censores. Dirigían la revisión del censo de los ciudadanos cada cinco años y controlaban los costumbres públicos. Al final de su gestión organizaban un solemne sacrificio de purificación llamado lustro, periodo de cinco años.

- Los tribunos de la plebe. Defendían la plebe contra los abusos de los otros magistrados, casi siempre patricios, sobre los que tenían derecho de veto. Convocaban y presidían el concilio de la plebe. Se consideraban sagrados.

Las magistraturas extraordinarias sólo eran escogidas en situaciones de peligro excepcional para la supervivencia de la ciudad. Eran dos: el dictador  magistrado con plenos poderes, elegido entre los ex alcaldes por un período máximo de seis meses y el maestro de la caballería.

EL SENADO

Esta institución fue siempre el verdadero centro del poder político en la época de la República, tanto por la autoridad y el poder personal de sus componentes, la pertenencia de los cuales al orden senatorial era vitalicia, como por la importancia en sus funciones en la política exterior e interior:

- Política exterior. Decisiones sobre declaraciones de guerra y firmas de paz, asignación de gobiernos de las provincias, y de mandos militares, etc.

- Política interior. Ratificación de las leyes hasta el siglo III aC, dirección y control de la actuación de los magistrados, administración de la hacienda pública, etc. 

El número de senadores se fijó en trescientos a principios de la República. La lista (álbum) era decidida cada cinco años por los censores entre los miembros del orden senatorial , al que pertenecían todos los que habían ocupado alguna de las magistraturas. El senador con un cursus honorum más glorioso tenía el título de princeps Senatus. Los senadores que habían sido cónsules (y sus descendientes) constituían la nobilitas, verdadero núcleo dirigente de la política y de la sociedad romanas.

LOS COMICIOS

En el caso de la República romana se debe hablar de comicios o asambleas en plural, porque, además de los Comicios curiata, herederos de la ética poca monárquica y reducidos a funciones protocolarias, había dos tipos más de comicios: los Comicios centuriados y los Comicios tributos.

- Los comicios centuriados. Su fundación se atribuye al rey Servio Tulio; pero debió ser posterior. En estos Comicios a los Ciudadanos votaban, distribuidos según sus riquezas, en cinco clases o niveles, cada uno de los cuales estaba dividido en un número determinado de secciones o centurias (193 en total). Cada centuria tenía un voto. La función principal de los Comicios centuriados era electoral: se elegían las magistraturas mayores (pretores, cónsules, censores). Se reunía en las afueras de Roma, en el Campo de Marte.

- Los comicios tributos. Tuvieron su origen en la primitiva asamblea plebeya (Concilium plebis), pero a partir del siglo III aC ya participaban Todos los Ciudadanos, patricios y plebeyos. Votaban distribuidos en tribus o distritos electorales, según el lugar de residencia: había cuatro tribus urbanas y treinta una de rurales. Era la asamblea legislativa para Excelencia, aunque se elegían las magistraturas menores (ediles y cuestores) ya los tribunos de la plebe. Se reunían habitualmente en el foro.


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